¿A quienes obliga la Ley de blanqueo de capites y de financión del terrorismo?

Obligados

Son básicamente los siguientes:

  1. Entidades financieras y aseguradoras.
  2. Servicios de inversión y sociedades gestoras de inversión colectiva.
  3. Fondos de pensiones.
  4. Sociedades de garantía recíproca.
  5. Sociedades gestoras de entidades de capital riesgo.
  6. Cambio de moneda y servicios postales.
  7. Empresas de promoción y compraventa de inmuebles.
  8. Empresas de juego e incluso loterías.
  9. Personas que comercializan joyas, piedras preciosas, etc... y obras de arte o antigüedades.
  10. Auditores.
  11. Contables externos.
  12. Asesores fiscales.
  13. Notarios y registradores de la propiedad.
  14. Abogados y procuradores.

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